Los nuevos retos del litigio en épocas del Covid-19

El Covid – 19, la pandemia que se está esparciendo alrededor del mundo entero, que lamentablemente ha dejado un gran número de muertos, que ha logrado que los seres humanos nos replanteemos prioridades y entendamos de una forma más cercana, esas dos palabras que son tan apropiadas y mencionadas en estos momentos - “bien común”- y el verdadero significado de la libertad, sobre todo en épocas de cuarentena.

Todo esto, nos ha creado la necesidad de replantear muchos bienes y servicios, en cuanto a su necesariedad y uso, está revolucionando cada ámbito de la economía, produciendo que las grandes y medianas empresas se reinventen para poder subsistir en medio de toda esta incertidumbre.

Nosotros el gremio de los abogados litigantes o asesores no debemos ser la excepción a toda esta nueva “onda” o revolución, nos corresponde introducirnos a esta nueva era de lo digital, del juicio en línea (que ha tenido diversas discusiones desde años atrás), asesorías virtuales, prácticas de pruebas a través de video conferencias y expedientes en la nube. Lo anterior no es nada nuevo, colombia cuenta con normativa que involucra estos aspectos en sede judicial, por ejemplo encontramos la Ley 1474 de 2011 en su artículo 116, la cual permite la utilización de medios tecnológicos, estableciendo que “la práctica de pruebas pueden llevarse a cabo en lugares diferentes a la sede del funcionario competente para adelantar el proceso, a través de medios como la audiencia o comunicación virtual”, esto queda supeditado a que otro servidor público controle materialmente su desarrollo en el lugar de su evacuación, por ejemplo un funcionario de un consulado colombiano cuando la prueba que se practica es en el exterior.

Por lo anterior, me surge los siguientes interrogantes ¿estamos completamente preparados a que nuestra profesión se convierta en un 90% o hasta un 100% virtual? O ¿Qué pasaría o cual sería la solución más inmediata en los municipios en donde aún funcionan con el libro radicador y no con un sistema ágil y efectivo? O ¿estamos los abogados capacitados para manejar todo tipo de herramientas tecnológicas como bases de datos, acceso a la nube o una video conferencia?, sumándole ese derecho fundamental que tiene todo ciudadano y que se encuentra consagrado en el articulo 229 de la constitución política “Se garantiza el derecho de toda persona para acceder a la administración de justicia. La ley indicará en qué casos podrá hacerlo sin la representación de abogado”.

Todo lo anterior, nos permite crear una visión de todos los aspectos que tienen que analizar el legislador, el gobierno nacional, la rama judicial, los abogados litigantes, el Misterio Público, las grandes empresas al momento de poner en práctica todas y cada una de esas normas que acercan a la profesión de abogado al verdadero juicio en línea.

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